Excepciones al tope de Servidores de Confianza en los gobiernos locales deberán ser expresamente autorizados. Gerente Municipal, debe cumplir y hacer cumplir los topes de servidores de confianza, bajo responsabilidad.
Con la publicación de los lineamientos Nº 001-2023-SERVIR-GDSRH, publicados en el portal de transparencia de SERVIR, se establece que las solicitudes de excepciones al tope de servidores de confianza en los Gobiernos Locales, deberán ser presentados ante SERVIR cumpliendo criterios de evaluación y procedimientos explicados en los referidos lineamientos. De esta manera se busca frenar los favores políticos en la contratación de personal de las autoridades electas por voto popular.
Los Gobiernos Locales está sujetos al cumplimiento de la presente directiva, referidas al artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1023, norma que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.
El acceso al servicio civil se realiza, principalmente, mediante concurso público de méritos, por tanto, el mecanismo que omite dicho procedimiento constituye una situación excepcional, orientada únicamente a la vinculación de servidores de confianza, independientemente del régimen de contratación.
La incorporación al servicio civil a través de la confianza no exonera de la responsabilidad de cumplir con los perfiles que la ley exige para ocupar los cargos al interior de una gestión municipal.
Fuera de juego
El método de cálculo del tope de servidores de confianza depende del instrumento de gestión vigente en la municipalidad. Se deberá tener en cuenta un CAP o CAP provisional vigente, más la cantidad de contratos vigentes bajo el régimen laboral del DL Nº 1057 al 15 de febrero 2022.