Noticias Política

JNE: Declaran infundados 10 expedientes sobre recursos de nulidad de mesas

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundados en audiencia pública las apelaciones de 10 expedientes sobre recursos de nulidad de mesas de sufragio, que interpuso Fuerza Popular.

El titular del organismo electoral, Jorge Luis Salas Arenas, y los integrantes Jovián Sanjinez y Jorge Rodríguez, votaron a favor de declararlas infundadas, mientras que Luis Arce indicó que las cusas no se encontraban expeditas de fondo y solicitó un cotejo de las firmas con el padrón del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y la lista de electores de las mesas observadas.

En ese sentido, se confirmó las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales (JEE) desde donde provenían los recursos de nulidad de mesas de sufragio.

Asimismo, en el caso de las pruebas periciales presentadas por Fuerza Popular, el pleno del JNE determinó que estas sean remitidas al Ministerio Público, con la finalidad de que esta institución inicie una investigación al respecto.

En su mayoría, el pleno declaró infundados los pedidos debido a que no se acreditó la presunta falsificación de firmas o suplantación de miembros de mesa, así como este supuesto proceso irregular favoreció a algún candidato en particular.

Al término de la audiencia pública, el titular del JNE manifestó que mañana desde las 9:30 horas continuarán viendo más expedientes sobre recursos de nulidad.

Debate

Durante el debate, el presidente del JNE, Jorge Luis Salas, afirmó que la Ley Orgánica de Elecciones se aplica tanto a una elección general como a una municipal y distrital, pues no existe una norma solo para el caso de un proceso donde se eligen al presidente, vicepresidentes y congresistas.

No hay pruebas de fraude

Asimismo, indicó que la declaratoria de nulidad por fraude debe estar acompañada de pruebas que confirmen con contundencia este hecho, de igual modo para el caso de las grafías o firmas discordantes, cuya determinación de la verdad o no, debe estar a cargo de un proceso por la vía judicial.

Los plazos para resolver son de tres días

«Además de la inconsistencia existen reglas para la validez (del pedido de nulidad), no existe una etapa probatoria, pues para tener la verdad tendríamos que convocar a las personas para que dejen sus trazas (firmas), pero eso no se puede hacer por los principios que he mencionado y porque tenemos tres días para resolver estas causas», añadió.

Elección diferente

Por su parte, el integrante del JNE, Luis Arce, precisó que era necesario buscar la verdad y que no todos los antecedentes presentados guardan relación con el caso de una elección diferente.

«Estamos frente a una elección general que trasciende nuestro territorio, si así estamos y este es el escenario, entonces porqué se rehúye a darle un tratamiento distinto a las cosas. Me resisto a creer que hay jueces reglamentaristas», sostuvo.

JNE no es competente para ver delitos

En cuanto a la denuncia por parte de Fuerza Popular, respecto a la supuesta falsedad de las firmas, explicó que el JNE no es competente para ver los delitos, sino que este tema corresponde a la justicia ordinaria, pero que eso «no significa renunciar a la búsqueda de la verdad de las infracciones electorales».

Fuente: Andina

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *