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Contraloría: Municipio de Lima favoreció a consorcio en proyecto de semaforización por más de 119 millones de soles.

Como parte del Mega operativo de Control Municipal se supervisó contrato suscrito en julio del 2018. Se otorgó buena pro sin que el postor cumpla los requisitos exigidos en las bases.

La Contraloría General de la República determinó que el comité de selección de la Municipalidad Metropolitana de Lima, favoreció a un consorcio otorgándole la buena pro para ejecutar proyectos de semaforización inteligente en la capital por más de 119 millones de soles, a pesar de no cumplir con los requisitos de calificación exigidos en las bases de la Licitación Pública Nº 015-2017-CS/MML.

En el Informe de Auditoría de Cumplimiento Nº 015-2022-2-0434-AC se evidencia que el comité de selección, otorgó la buena pro a un consorcio en el 2018 que presentó una oferta económica por S/ 119’813,151.00, con un puntaje de 100 puntos.

La buena pro se otorgó a dicho consorcio a pesar que su propuesta no cumplió con el requisito de experiencia del postor y facturación exigidos en las bases integradas, al haber acreditado solo una experiencia acumulada por el monto de S/ 179 524 885, cuando las bases exigían un importe mínimo de 200 millones de soles por la venta de controladores y semáforos para intersecciones semaforizadas a un centro de control o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de 8 años.

Sin embargo, el comité de selección validó la experiencia acumulada que presentó dicho consorcio por más de 237 millones de soles y otorgó la buena pro, sin haber realizado el análisis, evaluación y verificación de los componentes y actividades contenidas en cada contrato presentado por el postor ganador, a fin de comprobar la exactitud de las declaraciones y la documentación presentada.

Este hecho se evidencia de la verificación a la documentación presentada por el consorcio ganador. Por ejemplo, un contrato con la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre de Panamá, por el concepto de “servicio para los estudios, diseños, equipamiento, instalación, operación y mantenimiento de un sistema centralizado de semáforos”, cuyo monto que validó el comité de selección municipal fue por más de 20 millones de soles.

Sin embargo, de la comprobación realizada por la comisión de control,  dicha experiencia no estaba acreditada, ya que los 77 comprobantes presentados por el consorcio, por la suma de más de 20 millones de soles, corresponden a pagos por “operación y mantenimiento del sistema centralizado de semáforos”, es decir, vinculados a actividades que no corresponden a la venta de controladores y semáforos para intersecciones semaforizadas a un centro de control, como indican las bases de la licitación, por lo que no debieron ser considerados válidos.

Un caso similar ocurre en el contrato por el servicio de “plan maestro para el reordenamiento vial de la ciudad de Panamá”, el cual el comité validó, a favor de dicho consorcio, por más de 89 millones de soles, sin embargo, la comisión de control solo evidenció el sustento por 61 millones de soles.

Además, se observó que el acta de evaluación, calificación y otorgamiento de la buena pro, incluida en el expediente de contratación, no cuenta con una debida motivación que acredite el puntaje otorgado de 100 puntos, tal y como establece el Tribunal de Contrataciones del Estado cuando señala que las decisiones adoptadas por una entidad deben encontrase debidamente motivadas y sustentadas y ser accesibles a los postores, hecho que no se realizó en esta licitación.

Esta acta solo contiene un cuadro denominado “evaluación y calificación” que indica que el consorcio que quedó en segundo lugar presentó 13 documentos válidos, acreditando una facturación superior a los 200 millones de soles, solicitados, mientras que el consorcio ganador solo presentó 5 documentos válidos, y una facturación superior de 200 millones solicitados; sin precisarse cuáles fueron los documentos consignados como válidos o no válidos ni cuántos habría presentado cada postor.

Todo ello vulneró las bases integradas, la Ley de Contrataciones del Estado, la transparencia, igualdad de trato e imparcialidad que debe regir en las contrataciones públicas, hallándose presunta responsabilidad administrativa y penal en dos miembros del comité.

En base a los hechos detectados, el informe de control determinó presunta responsabilidad penal y administrativa (entidad) en dos exservidores de la MML, quienes formaron parte del comité de selección como segundo miembro titular y primer miembro suplente.

Por ello, el informe de auditoría, emitido en el marco de la realización del Mega operativo de Control Municipal en Lima Metropolitana, fue notificado al alcalde la Municipalidad Metropolitana de Lima a fin de que disponga de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los servidores públicos comprendidos en estos hechos; asimismo, se comunicó a la Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República encargada de los asuntos jurídicos para el inicio de las acciones penales contra dichos servidores.

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