La bancada del Frepap presentó el Proyecto de Ley 6198, que modifica el artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones, respecto a los impedimentos para ser candidato a congresista.
El legislador Isaías Pinedo explicó que la finalidad de esta iniciativa es hacer cumplir y respetar la voluntad popular reflejada en el resultado del referéndum nacional del año 2018.
Impedir la reelección inmediata, voluntad del referéndum del año 2018
“La población votó a favor de impedir la reelección inmediata de representantes al Congreso de la República, para así generar la renovación de los cuadros y representantes de las organizaciones políticas”, declaró Pinedo a nuestra fuente.
Vacío legal después de disolución de Congreso
Asimismo, el parlamentario indicó que su propuesta busca regular un vacío legal sobre el impedimento para los congresistas elegidos para completar el quinquenio 2016-2021, tras la disolución del Congreso.
Al respecto, recordó que actualmente no se encuentra previsto en la Ley Orgánica de Elecciones ni en la Constitución Política del Perú dicha prohibición.
No podrán ser candidatos al Congreso
Por ello, indicó, el proyecto establece que no pueden ser candidatos al Congreso y al Parlamento Andino, los legisladores elegidos para el periodo inmediatamente anterior, independientemente de que se haya producido la disolución del Congreso, conforme a lo previsto en el Art. 134 de la Constitución.
Asimismo, los congresistas que hayan sido elegidos producto del cierre del Parlamento para completar dicho periodo constitucional.
“Con ello, se busca la no reelección de los congresistas electos para el periodo 2020-2021”, indicó.
Aprobación de proyecto de ley evitará consultas al JNE
Pinedo sostuvo que la aprobación de esta norma evitará consultas al Jurado Nacional de Elecciones, como la del pasado 20 de agosto, cuando un partido preguntó si los actuales congresistas y los exlegisladores del periodo disuelto podían postular o no en las elecciones convocadas para el 11 de abril del 2021.
Fuente: Andina