Esta modalidad de contratación laboral priva de sus derechos y beneficios laborales y previsionales a los obreros municipales, contraviniendo la ley 31254.
La Contraloría General de la República, en su informe de visita Nº 022-2023-OCI/2184-SVC de fecha 8 de setiembre pasado, ha advertido que la municipalidad de San Juan de Lurigancho, ha contratado personal obrero mediante la modalidad de locación de servicios para prestar el servicio de limpieza pública, situación que pone en riesgo el cumplimiento de la protección laboral de los trabajadores.
La ley Nº 31254, que se publicó el 7 de julio del año 2021, prohíbe la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública.
En el artículo 2 de la referida ley, establece que los trabajadores municipales de limpieza pública, prestan servicios bajo el régimen laboral de la actividad privada.