MEF aprobó disposiciones para la implementación de estas operaciones
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó las disposiciones para una nueva emisión externa de bonos soberanos por un monto de hasta 4,000 millones de dólares.
Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial N° 313-2021-EF/52 publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, correspondiente al miércoles 27 de octubre del presente año.
La norma señala que el importe de la emisión externa de bonos que, en una o más colocaciones, puede efectuar el Gobierno Nacional, en el marco de la aprobación contenida en los artículos 6 y 8 de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021, «es por el importe equivalente de hasta 4,000 millones de dólares americanos».
Para los fines de la emisión externa de bonos se contratará como asesores financieros y colocadores a BNP Paribas Securities Corp., BofA Securities, Inc., J.P. Morgan Securities LLC y Morgan Stanley & Co. LLC.
Los montos de las emisiones serán determinados por Resolución Directoral de la Dirección General del Tesoro Público; asimismo la moneda de los bonos será determinados oportunamente.
Asimismo, la emisión de uno o más bonos globales, incluyendo la reapertura de bonos ya existentes y/o la emisión de nuevas referencias, cuyos plazos serán determinados oportunamente.
La norma también aprueba la contratación de Paul Hastings LLP, firma de abogados del Estado de Nueva York como asesor legal externo y de Rebaza & Alcázar Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, firma de abogados de la ciudad de Lima como asesor legal local.
También se aprueban los textos de los documentos denominados “Prospectus Supplement” y “Reporte Anual actualizado bajo el formato 18-K/A”, así como de los contratos denominados “Underwriting Agreement”, “Trustee, Registrar, Transfer Agent and Paying Agent”, “Luxembourg Listing Agent” y “Listing Engagement Letter” correspondientes a la emisión externa de los referidos bonos.
El servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasionen los bonos que se emitan conforme a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.
La norma lleva la rúbrica del ministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke Ballvé.
Fuente: Andina