“Es de interés para estos efectos, cautelar la salud pública de la ciudadanía, antes que permitir que se prosigan con las actividades laborales de la empresa recurrente, INNOVA Ambiental SA, aun sabiendo que las observaciones advertidas por la OEFA no se levantaron en su integridad por la demandada” precisa uno de los considerandos de la resolución Nº 7 de fecha 18 de agosto del año en curso, que declaró improcedente la pretensión de reabrir el relleno El Zapallal.
Férrea y firme posición de los vecinos de Lomas de Carabayllo, organizados en el Comité de gestión de alto nivel Parlamento 10, presidido por Rober Ángeles Salas, lograron que el Poder Judicial, Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, declarada improcedente el Hábeas Corpus restringido, interpuesta por INNOVA Ambiental SA.
Esta decisión judicial, prevalece la salud pública sobre el interés laboral y de libre tránsito, falsamente invocado por INNOVA Ambiental SA para dejar de lado la Ordenanza Municipal Nº 2533 de fecha 17 de marzo del 2023, que aprobó el reajuste de los usos de suelo del distrito de Carabayllo y la resolución de alcaldía Nº 284 de fecha 14 de abril del 2023, que revocó la resolución la autorización de funcionamiento del relleno El Zapallal, ubicado en Lomas de Carabayllo.
Las movilizaciones pacíficas de la población de Lomas de Carabayllo, han sido y son con la única finalidad de proteger la salud pública de más de 80 mil pobladores asentados en Lomas de Carabayllo, sumados a urbanizaciones de viviendas, mercados de abastos, negocios y centros comerciales, afectados por la contaminación ambiental generada por la presencia del relleno El Zapallal administrado por INNOVA Ambiental.
Seguimos alertas contra cualquier maniobra que pretenda desconocer la normatividad municipal metropolitana que resolvió revocar la autorización de funcionamiento del relleno El Zapallal, cautelando la salud pública de los pobladores de Lomas de Carabayllo.