A través del Decreto de Urgencia 091-2020
El Poder Ejecutivo aprobó el financiamiento de 13 millones 433 mil 659 soles a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para financiar la Operación del Servicio de Transporte de Pasajeros Mediante Buses Troncales y Alimentadores en el Sistema de Corredores Segregados de Buses de Alta Capacidad (Cosac I).
A través del Decreto de Urgencia 091-2020 publicado en el Diario Oficial El Peruano, se busca aprobar medidas en materia económica y financiera orientadas al otorgamiento de un subsidio económico al pasaje del Cosac I (conocido como el Metropolitano).
Ello en el cumplimiento de las normas sanitarias dispuestas en el marco del proceso de Reanudación de Actividades establecido mediante el Decreto Supremo Nº 080-2020- PCM y modificatorias; y garantizando la continuidad del servicio.
Subsidio económico
Los 13.4 millones de soles permiten un subsidio económico indirecto a los pasajeros del Cosac I.
Este consiste en el pago del diferencial resultante entre el valor de la tarifa Covid referencial aplicable (cerca de 7.00 soles) y el valor actual de la tarifa al usuario (2.50 soles).
Asimismo, se autoriza a la Municipalidad Metropolitana de Lima el otorgamiento excepcional de un subsidio económico destinado a cubrir la diferencia entre el valor de la tarifa Covid referencial aplicable y el valor actual de la tarifa al usuario.
El otorgamiento del subsidio económico señalado no afecta la continuidad del proceso de fusión establecido en la Ley Nº 30900, Ley de Creación de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y sus modificatorias.
La fecha de inicio de entrega del subsidio se establece mediante acto resolutivo emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
El subsidio se otorga por el plazo de 30 días calendario, siempre que se verifiquen las condiciones del Estado de Emergencia Sanitaria que originen la reducción del aforo permitido (número de asientos permitidos), en las unidades vehiculares del servicio del Cosac I.
Procedimiento operativo
La Municipalidad Metropolitana de Lima se encarga de administrar, verificar y dar conformidad a todo el proceso que conlleva a la determinación de los montos y las transferencias asignadas a cada concesionario.
Una vez culminado el proceso de fusión por absorción del Instituto Metropolitano Protransporte de Lima, dichas funciones son asumidas por la ATU.
Sin perjuicio de ello, la Municipalidad Metropolitana de Lima mantiene la responsabilidad respecto de la veracidad de la información utilizada y las estimaciones realizadas, para la aplicación del subsidio.
Las transferencias asignadas según las validaciones de los pasajeros son realizadas conforme los procedimientos establecidos en los contratos de concesión.
Para dicho efecto, se autoriza de manera excepcional a la Municipalidad Metropolitana de Lima a realizar transferencias financieras a favor del Instituto Metropolitano Protransporte de Lima.
Dichas transferencias financieras se aprueban mediante Acuerdo de Concejo Municipal, previo informe favorable de su Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, el mismo que se publica en su portal institucional.
Cabe indicar que el presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
Fuente: Andina