A partir del 14 de setiembre. Es un requisito indispensable para ejercer la función pública, según la Ley N° 31227.
A partir de hoy, martes 14 de setiembre, las autoridades, funcionarios y servidores públicos que fueron registrados por la máxima autoridad administrativa de su entidad deben presentar su Declaración Jurada de Intereses (DJI) ante la Contraloría General, con la finalidad de prevenir y evitar posibles conflictos de interés en la administración pública.
La DJI comprende información sobre los vínculos familiares, laborales, económicos y financieros del declarante, así como también de su cónyuge o conviviente, con miras a transparentar y resguardar la independencia y objetividad que deben regir las funciones y actividades en la administración pública.
Registro de la DJI de los obligados y obligadas
La presentación de la DJI es un requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública, según la Ley N° 31227. Se realiza a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (SIDJI) que se encuentra en el portal institucional www.contraloria.gob.pe
Las claves de acceso al SIDJI han sido remitidas a los correos electrónicos de las y los obligados a presentar la Declaración Jurada de Intereses, la cual debe presentarse en las oportunidades que se detallan a continuación:
DJI de inicio: las personas obligadas y obligados (señalados en el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 31227) que a la fecha se encuentren ejerciendo funciones.
DJI de inicio y periódica: las personas obligadas que vienen ejerciendo funciones y que debieron presentar su declaración jurada periódica luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.
DJI de inicio y cese: las personas obligadas y obligados cuyo ejercicio de funciones culminó al extinguirse el respectivo vínculo laboral o contractual, luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.
DJI de inicio, periódica y cese: las personas obligadas y obligados cuyo ejercicio de funciones ha culminado al extinguirse el respectivo vínculo laboral o contractual y que se encontraban ejerciendo funciones y debieron presentar su declaración jurada periódica luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.
Es importante que la DJI se presente haciendo uso de la firma digital mediante el SIDJI. Excepcionalmente, y por única vez, las personas obligadas y obligados señalados en el artículo 8° del Reglamento, que no cuenten con firma digital, registran su DJI en el SIDJI, la imprimen y presentan con firma manuscrita dentro del mismo plazo señalado por ley a través de la mesa de partes presencial. La presentación excepcional de esta DJI debe efectuarse en sobre cerrado adjuntando una carta simple en las diferentes mesas de partes a nivel nacional de la Contraloría, según el modelo de carta de presentación de las DJI.
Conforme lo señala la Ley N° 31227, están obligadas y obligados a presentar la DJI, el presidente y vicepresidente de la República, ministros y viceministros, congresistas, gobernadores regionales y vicegobernadores, alcaldes y regidores, los titulares de las entidades de la administración pública, organismos públicos, programas y proyectos especiales, así como profesionales y técnicos encargados de las contrataciones, entre otros.