Tras el incumplimiento de numerosas autoridades municipales del país que, hasta el momento, no han registrado en las plataformas virtuales autorizadas los avances y/o resultados de la distribución y entrega de canastas de víveres destinadas a las poblaciones vulnerables por la Emergencia Sanitaria COVID-19, la Contraloría General de la República en comunicado llegado a nuestra redacción lo siguiente:
1.- El Poder Ejecutivo en el marco de la Emergencia Sanitaria COVID19, emitió el DU 033-2020, autorizando la transferencia económica a los gobiernos locales para la adquisición y distribución de productos de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar, a fin de ser entregados a familias vulnerables y reducir el impacto económico generado por la pandemia del Coronavirus.
2.- Habiendo transcurrido 27 días de la autorización legal, la Contraloría ha verificado que en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) muchas municipalidades no han realizado los registros presupuestales correspondientes, mostrándose que algunas no registran importe alguno certificado y muchos compromisos relativamente bajos.
3.- Asimismo, que el Portal de Transparencia en el marco de la Emergencia Sanitaria COVID-19, implementado por la Contraloría para facilitar el registro en línea de las contrataciones y entrega de canastas, evidencia que se han ingresado a la fecha únicamente los registros de contrataciones de 828 municipalidades y registros de beneficiarios de 398 municipalidades.
4.- Ante ello, es preciso recordar que los gobiernos locales que hayan realizado compras en situación de emergencia de manera directa, tienen un plazo máximo de diez (10) días hábiles para regularizar, registrar y publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) los informes y/o resolución correspondiente, tal como lo establece el literal b.4 del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF.
Hacemos un llamado a los alcaldes, como responsables de cumplir con la transparencia y rendición de cuentas de la entrega de la canasta básica familiar, a proceder con los registros de la información en las plataformas virtuales autorizadas y en los plazos señalados en normatividad vigente.