Se prohíbe el uso de ingredientes industrializados, colorantes y saborizantes
La congresista Sigrid Bazán (Cambio Democrático-Juntos por el Perú) presentó un proyecto de ley que tiene por objeto estimular la participación de la cadena láctea artesanal en el mercado por medio de la determinación de las características que la conforman y de los mecanismos institucionales que promuevan su desarrollo sostenible y competitivo en el país.
Definición
En esa línea, se define como productos lácteos artesanales los producidos a partir de leche de vacuno o de otros mamíferos, y que se efectúan en forma individual, familiar o asociativa hasta un máximo de cinco mil (5000) litros diarios promedio anualizados y hasta mil (1000) litros por día promedio por operario de producción, a través de técnicas y herramientas predominantemente manuales.
El producto final es individualizado y genuino, y mantiene la singularidad y las características culturales, regionales o tradicionales del producto, que permiten la variabilidad sensorial entre lotes.
Prohibiciones y publicidad
«Se prohíbe el uso de ingredientes industrializados, colorantes y saborizantes», precisa la iniciativa legislativa.
Sobre la publicidad, advertencias publicitarias y etiquetado de productos lácteos se consignará el término «leche» solo si son producidos íntegramente con la secreción mamaria normal de animales lecheros sanos, obtenida mediante uno o más ordeñas, sin ningún tipo de adición o extracción.
En productos lácteos importados y productos elaborados por las micro y pequeñas empresas (MYPE), cuyas advertencias no estén impresas en las etiquetas se permite consignarlas, según sea el caso, mediante el uso de adhesivos de difícil remoción que no cubran información al consumidor, y que cumplan los estándares de calidad que establece el Instituto Nacional de Calidad (lnacal).
AGROIDEAS e INIA
Se precisa que el Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS) y el Programa de Nacional de Bovinos y Ovinos del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), en coordinación con los gobiernos regionales y locales, realizan acciones de generación y transferencia de tecnologías, y de asistencia técnica para el desarrollo de la cadena láctea artesanal competitiva y sostenible, en el marco de sus competencias.
Programas sociales
Asimismo, el proyecto de ley establece que es prioritaria la adquisición, uso y consumo de leche y productos lácteos artesanales en los programas sociales y de complementación alimentaria del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis).
Fuente: Andina