Desde las 2 de la tarde.
La Comisión de Presupuesto del Congreso volvió a solicitar un cuarto intermedio con la finalidad de elaborar un dictamen sobre la Ley de Presupuesto del Sector Público para el 2025 hasta las 14:00 horas de hoy, sábado, informó el presidente del Legislativo, Eduardo Salhuana.
Durante la sesión de ayer viernes, se aceptó el pedido del referido grupo de trabajo, debido a que se presentaron varias demandas que superan el 300 % de documentación ya sea por parte de gobiernos regionales provinciales, municipios o dirigentes.
El vicepresidente de la Comisión de Presupuesto, José Arriola Tueros, explicó que se quiso terminar el trabajo el día de ayer viernes, pero lamentablemente se dieron cuenta que algunos documentos presentados «no estaban actualizados».
Asimismo, Eduardo Salhuana explicó que la sesión del pleno se desarrollará de manera semipresencial.
Como se recuerda, el debate de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el 2025 se suspendió primero para las 19:00 horas, pero luego se amplió a las 22:00 horas, pero al llegar este momento se solicitó continuar con el cuarto intermedio hasta este sábado 30 de noviembre.
El debate del dictamen del Proyecto de Ley 8758, que propone la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se inició el jueves en el pleno del Congreso, luego de que los ministros de Estado y titulares de pliego sustentaron en la víspera sus requerimientos presupuestales.
Tras la intervención de los legisladores, la presidenta de la Comisión de Presupuesto, Lady Camones Soriano, solicitó un cuarto intermedio a fin de presentar los textos que se someterán a votación.
Según la propuesta del Poder Ejecutivo, el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2025 asciende a más de 251 mil 801 millones de soles, monto que representa un incremento de 4.5 % respecto al presupuesto inicial de apertura del 2024.
De acuerdo con el artículo 81 del Reglamento del Congreso, el debate de la ley de presupuesto se inicia el 15 de noviembre y debe aprobarse con el voto favorable de por lo menos la mitad más uno del número de los congresistas presentes, antes de remitirse al Ejecutivo.
La Constitución Política, en tanto, señala en su artículo 80 que, si la autógrafa de la Ley de Presupuesto no se remite al Ejecutivo hasta el 30 de noviembre, entra en vigencia el proyecto enviado por este poder del Estado.
Fuente: Andina