Locales y establecimientos de recreación y diversión deberán cumplir la norma
El Concejo municipal de Comas, presidido por el alcalde Ulises Villegas, aprobó la Ordenanza Municipal Nº 608, publicada en el cuadernillo de Normas legales, que prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en los locales y establecimientos de recreación y diversión dentro del distrito de Comas.
La Ordenanza contempla además que los establecimientos de diversión y recreación pueden solicitar una ampliación de horario con carácter de declaración jurada e instalar cámaras de video vigilancia con su sistema de grabación para garantizar la seguridad y tranquilidad de sus clientes.
Además, detalla la norma que los equipos de grabación deben de almacenar la información captada por su sistema de video vigilancia por un plazo mínimo de 45 días calendario.
La Ordenanza también precisa que los responsables de los establecimientos comerciales de venta o expendio y consumo de bebidas alcohólicas, incluyendo los que cuenten con una autorización de ampliación de horario de funcionamiento, deberán adecuarse en un plazo de 30 días calendario a lo establecido.
“De no dar cumplimiento a la presente disposición se procederá a la revocatoria o nulidad de oficio de las licencias de funcionamiento”, indicó el Gerente de Desarrollo Empresarial de Comas Lic. Lucio Sosa.