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JNE: Informe advierte consecuencias por modificaciones a reglas electorales

Para comicios del 2022

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó un informe que advierte sobre las modificaciones a la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) aprobadas por el pleno del Congreso.

El documento, elaborado por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas, señala que la modificación sobre la LOP generará consecuencias directas en el Registro de Organizaciones Políticas que se reflejarán en el desborde y la sobrecarga de expedientes a recibirse para su atención

La norma aprobada con la finalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del 2022, amplía el plazo de afiliación y renuncia de las organizaciones políticas al 5 de enero de 2022.

Dicha ampliación no sería la primera, ya que mediante la Ley N.° 312721 se modificó el plazo legalmente fijado para el 3 de octubre de 2021.

En tal sentido, el JNE considera que la medida no hace más que notar la ausencia de seriedad y compromiso que deberían tener las organizaciones políticas frente a un eventual proceso electoral, lo que no contribuye al fortalecimiento de la democracia.

Además, sostiene, se habilita a que los partidos políticos no cumplan con los plazos legalmente establecidos, lo que implica no respetar la institucionalidad que reviste un proceso electoral.

También, indica, se promueve la inaplicación de causas de suspensión y cancelación de la inscripción de una organización política, lo que permitirá mantener la inscripción vigente de aquellas que no cuenten con el mínimo de comités partidarios o de contar con una cantidad menor de afiliados.

Por otro lado, las organizaciones con sanción vigente podrán modificar partidas electrónicas, sin considerar que su promulgación no tiene efecto retroactivo ni alcanzará a aquellas que presentaron sus solicitudes con anterioridad.

Ante ello, el pleno del JNE, acordó por mayoría aprobar el contenido del informe de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas y encargar a la Secretaría General que remita el documento a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República.

Fuente: Andina

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