Las solicitudes para los retiros de los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) se realizarán a partir del 21 de octubre y los retiros serán a partir del 20 de noviembre, tras la norma de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicada en Normas Legales, según señaló Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School.
Refirió que la Resolución SBS Nº 03444-2025, establece el procedimiento operativo del nuevo retiro de hasta 4 UIT de los fondos de AFP (ley Nº 32445).
Indicó que, en dicho documento, se especifica que las solicitudes se podrán realizar desde el martes 21 de octubre, por lo tanto, los retiros se harán efectivos a partir de las siguientes fechas:
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el Procedimiento Operativo para el retiro extraordinario y facultativo de fondos en el Sistema Privado de Pensiones, establecido en la Ley Nº 32445.
1er retiro (hasta 1 UIT): (30 días calendario luego de la solicitud).
2do retiro (hasta 1 UIT): (30 días calendario luego del 1er retiro).
3er retiro (hasta 1 UIT): (30 días calendario luego del 2do retiro).
4to retiro (hasta 1 UIT): (30 días calendario luego del 3er retiro).
Asimismo, el plazo para solicitar los retiros vencerá a los 90 días del inicio de vigencia del procedimiento operativo.
Ante ello, en los siguientes días, las AFP deberán publicar un calendario de solicitudes de retiro en función del último dígito del DNI (como ocurrió en años anteriores), así como establecerán una página web única para la presentación de solicitudes.
Fuente: Andina