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Rennán Espinoza: Procuraduría pide iniciar diligencias contra alcalde por presunto delito de peculado

La Procuraduría, mediante un comunicado, solicitó que inicien las investigaciones preliminares tras el accidente que protagonizó la autoridad distrital en la Panamericana Norte, a la altura del peaje Chillón. Alcalde de Puente Piedra podría enfrentar hasta 15 años de cárcel, según abogado penalista.

El alcalde de Puente Piedra, Rennán Espinoza Rosales, minimizó el accidente de tránsito que protagonizó el Día del Trabajador en la Panamericana Norte; no obstante, todavía hay muchas dudas que no han sido aclaradas respecto a este incidente que, por fortuna, no dejó víctimas mortales que lamentar.

Diligencias preliminares

En ese marco, la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción emitió un comunicado donde solicita el inicio de las diligencias preliminares contra el burgomaestre por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de peculado.

Esta medida recae sobre la autoridad municipal y también alcanza a varias personas de su entorno, entre ellos dos integrantes del equipo de Comunicaciones del municipio.

“La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción solicitó a la Fiscal provincial de Turno de la Fiscalía provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Lima Noroeste que se inicien las diligencias preliminares en contra del alcalde de Puente Piedra, Rennán Espinoza Rosales y los que resulten responsables por la presunta comisión del delito de peculado de uso y otros”, se lee en la notificación emitida este martes 7 de mayo.

Esta solicitud se presentó ante el fiscal provincial de la Fiscalía provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Lima Noroeste.

Penalidad podría alcanzar los 15 años

Este caso fue analizado por el abogado penalista Andy Carrión, quien dijo que el alcalde puede recibir hasta 15 años de cárcel de comprobarse que manejó en estado de ebriedad e incumplió otras normas.

“Estamos hablando de manejar en estado de ebriedad, que es una pena de tres años; el desobedecer una orden o sustraerse a la propia persecución tiene de cuatro a siete años; el delito de obstrucción puede tener tres a cuatro años. Una prognosis podría ser los 15 años, más o menos”, explicó.

Fuente: El Comercio

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