Ordenanza Nº 390 – MDPP fue publicado en Normas legales
La municipalidad de Puente Piedra, prohibió mediante la ordenanza Nº 390-MDPP, publicada en el cuadernillo de normas legales el funcionamiento de establecimientos dedicados a la crianza y/o engorde de aves de corral, ganado vacuno, porcino, ovino, caprino y otros animales menores, en la zona del Cercado, zonas urbanas y de expansión urbana del distrito de Puente Piedra, por constituir una amenaza a la salud pública, al medio ambiente y a la ecología, conforme al anexo 1, que forma parte de la presente Ordenanza.
Asimismo, la ordenanza aprobada faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
En otro artículo, se dispone a partir de la fecha, la publicación en el portal de la municipalidad distrital de Puente Piedra (www.munipuentepiedra.gob.pe) del anexo 1 de la presente Ordenanza.
Para concluir, encargan el cumplimiento de la Ordenanza aprobada a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Ordenamiento Urbano, y a la Gerencia de Salud; y su difusión a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Secretaría General.
Fuera de juego
El anexo 1 que precisa la referida ordenanza al cierre de nuestra edición aún no se publica en el portal de transparencia de la municipalidad.