Dispone inmediato cumplimiento de resolución judicial que cautela derechos de elegir y ser elegido de candidato de Renovación Popular a la alcaldía de Puente Piedra.
El Poder Judicial, mediante una medida cautelar, derivada de una acción de amparo, resolvió en favor de Milton Jiménez Salazar. La resolución judicial es contra de los magistrados del JNE y ordena en forma provisional la suspensión de los efectos de la Resolución No. 2676-2022-JNE de fecha 10 de agosto de 2022.
Precisa la resolución, que hasta que, la Sala Penal Transitoria resuelva su situación jurídica penal del solicitante, hasta ese entonces, el derecho de participar en la vida política y ser elegido como representante pueden ser ejercidas por el solicitante.
Disponiendo que, la referida medida cautelar bajo los apercibimientos de ley, sea de inmediato cumplimiento.
Fuera de juego:
Mediante Resolución Nº 01698-2022-JEE-LIO1/JNE de fecha 20 de setiembre 2022, el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 1, en el expediente Nº ERM. 2022007641, dio cumplimiento al mandato cautelar – Res.001 (Exp. 5770-2022-31-1801-JR-DC-05) dispuesto por el Quinto Juzgado Constitucional de Lima.