Asciende a más de 183,029 millones de soles
El pleno del Congreso de la República, aprobó el proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, que asciende a más de 183 mil 29 millones de soles, con 104 votos a favor, 13 en contra y ocho abstenciones.
También el pleno del Congreso aprobó los proyectos de Ley de Equilibrio Financiero y de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021.
El dictamen de la Ley de Presupuesto no requirió de segunda votación, de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 78 del Reglamento del Parlamento Nacional.
El titular de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, Humberto Acuña Peralta (APP), señaló que los problemas para consensuar el dictamen se suscitaron con el anexo 5, que forma parte de la propuesta legislativa.
El anexo 5 incluye un listado de propuestas de inversión pública efectuadas por los congresistas de 142 proyectos.
En su presentación final, del domingo 29, indicó que el articulado de la Ley de Presupuesto fue consensuado con el Ministerio de Economía y Finanzas.
Al respecto, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez Valdivia, manifestó su conformidad con el texto sustitutorio alcanzado, y agradeció el esfuerzo de los congresistas por el logro, que se obtuvo de manera dialogada y concertada.
Bermúdez Valdivia señaló su reconocimiento porque se ha identificado, con claridad, todas las demandas y necesidades de la ciudadanía; en esa medida, “las lecciones aprendidas en estos días de debate, exigen que el Perú debe contar con un presupuesto descentralizado”.
La gran conclusión del debate, dijo, es que necesitamos un presupuesto que refleje las necesidades de todo el país, un sentimiento que también lo expresa el Poder Ejecutivo.
“Este presupuesto prioriza sectores estratégicos”, afirmó.
Por ejemplo, “se han priorizado las áreas de salud, y no solo por la pandemia, se ha fortalecido presupuesto de educación, y todo lo que tiene que ver con la lucha contra la pobreza, la violencia contra la mujer”.
“El gran desafío es entrar al bicentenario con un manejo responsable de la economía y (a partir de allí) es necesario sentar las bases para estructurar un presupuesto que refleje los grandes desafíos de la inclusión y la gestión descentralizada”, expresó.
Las modificaciones incorporadas
Previamente, durante el sustento, el titular de la Comisión de Presupuesto dijo que “los textos de los dictámenes recaídos en los Proyectos de Ley 6077/2020-PE, de Endeudamiento, y 6078/2020-PE de Equilibrio, no han sido modificados y pueden ser sometidos al voto, tal como fueron aprobados y presentados por la comisión”.
“En segundo lugar, en lo que corresponde al texto normativo del Proyecto de Ley 6076/2020-PE, Ley de Presupuesto para el año fiscal 2021, sí ha sufrido modificaciones, y se presenta el texto sustitutorio”, indicó.
A continuación, leyó las 27 modificaciones del texto.
Resalta, entre las modificaciones, el artículo 1, por los cambios efectuados en los anexos de la ley; el numeral 12.7 del artículo 12, referido a medidas para el personal militar y policial de las escuelas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
Se modifica el literal a) del numeral 32.1 del artículo 32, sobre la implementación del Decreto Legislativo 1153, que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la Salud al servicio del Estado.
Se modifica el numeral 60.1 y 60.2 del artículo 60, sobre el financiamiento de la sostenibilidad de acciones para la reactivación económica en el Año Fiscal 2021; se modifica la septuagésima sexta Disposición Complementaria Final para agregar la creación de otras Unidades Ejecutoras.
Se considera el fortalecimiento institucional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión); se otorga financiamiento del servicio de internet para estudiantes y docentes de las universidades públicas; se autoriza al Ministerio del Interior para realizar transferencias financieras a favor del fondo de invalidez y protección de los bomberos voluntarios del Perú.
Se autoriza a los gobiernos locales para incorporar en su presupuesto institucional los recursos provenientes de la fuente de financiamiento, recursos directamente recaudados, conforme a lo establecido en el artículo 50 del Decreto Legislativo 1440.
Esto último, para financiar la ejecución de proyectos de inversión en tecnología de la información (TI) viables de corta duración, y/o la contratación de servicios digitales que permitan el acceso y universalización a servicios como Telesalud o telemedicina, teleducación, trabajo remoto y gobierno digital o gobierno en línea.
Se establece el proceso de nombramiento en el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (Clas); se autoriza al Ministerio de Agricultura y Riesgo a realizar transferencias financieras a favor de Agrobanco o empresas autorizadas para desempeñarse como fiduciarias.
La norma aprobada
El Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la República, el 29 de agosto del presente año, el Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, el cual fue rotulado como Proyecto de Ley 6076/2020-PE; junto a él, se presentó además los respectivos proyectos de ley de equilibrio Financiero y de Endeudamiento.
De acuerdo con el artículo 78 de la constitución Política del país, y el inciso 1 del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo 1440, que norma el Sistema Nacional de Presupuesto Público que, a su vez, dicho presupuesto debe estar equilibrado entre sus ingresos y egresos.
El monto aprobado asciende a 183 mil 029 millones 770 mil 158 soles, y comprende los pliegos presupuestarios del Gobierno Central, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, e instancias descentralizadas.
De esta manera, al Gobierno Nacional le corresponde 129 mil 043 millones 745 mil 515 soles; a los Gobiernos Regionales 33 mil 092 millones 520 mil 733 soles; y a los Gobiernos Locales 20 mil 893 millones 503 mil 910 soles.
La cifra correspondiente a cada pliego se divide en gastos corrientes (pago de planillas), gastos de capital (inversiones) y los servicios de deuda.
La norma aprobada contiene 63 artículos subdivididos en nueve capítulos, 101 disposiciones complementarias finales y dos disposiciones complementarias transitorias.
Fuente: Andina