El año 2023 trajo consigo el cambio de autoridades municipales a nivel nacional, en el caso de Lima metropolitana, vemos con satisfacción la victoria de los mas votados, de aquellos que recibieron el respaldo popular.
Juramentado el alcalde y su concejo municipal para el periodo 2023 – 2026, observamos la permanente presencia mediática de muchos de ellos, en el aplicativo Tik Tok, creyendo que todavía están en campaña electoral; el constante bombardeo de los alcaldes con su publicidad en redes sociales, está saturando en mucho de los casos a la población. Su sonrisa o su denuncia del estado en que encontraron los municipios que administraran durante el periodo 2023 – 2026, es la constante diaria en las redes y páginas de la municipalidad, ello intentando mostrar la imagen DE UN CAMBIO, la imagen de un ALCALDE TRABAJADOR, o de un ALCALDE GESTOR, comprometido con el desarrollo de su distrito.
Sin embargo, revisando el portal de transparencia del SEACE y otros portales de transparencia, comprobamos que todo lo que brilla, no es oro. Detrás de esa imagen activa, sonrisa fingida o denuncia expresa, los datos demuestran que el personal de funcionarios y de confianza, no van de la mano con la presencia mediática en las redes sociales de los alcaldes.
¡Mucho floro, poca acción!
Acuñemos mis amigos una premisa que será constante en estos artículos, “La municipalidad: no es una chacra, no es una empresa privada, está sujeta a procedimientos administrativos y la supervisión de la Contraloría y la ciudadanía organizada”.
La primera acción administrativa que deberían realizar las nuevas gestiones, al asumir sus funciones, es determinar:
Obras a ejecutar.
Bienes a adquirir.
Servicios requeridos.
Obviamente y casi sine qua non, esta el principio de: Cumplir con las obras prometidas durante su campaña electoral. ¿y como se hace eso?
Simple mis estimados lectores, debe formularse, programarse y aprobarse en un documento denominado Plan Anual de Contrataciones, (PAC) que es aprobado mediante Resolución de alcaldía.
Esa autoridad que sonríe en animados Tik Tok y otros aplicativos que circulan en redes sociales, no está cumpliendo con esta primera norma administrativa elemental. Y lo probamos analizando las municipalidades distritales de Lima norte, en el siguiente cuadro:
Fuente: Portal de transparencia MEF 24-01-2023
¿Entonces? De 8 municipalidades en Lima Norte, ¿cumplieron solo 2? Y los alcaldes, preocupados en mantener su imagen de trabajadores y conocedores de gestión municipal, recién se darán cuenta que los funcionarios contratados para que casualmente atiendan estas obligaciones administrativas, no dan fuego, no les ponen al tanto de lo que sucede, o mas bien de las carencias que presentan.
¡Les alertamos!
Ya están fuera de plazo para aprobar su Plan Anual de Contrataciones (PAC), la norma indica que debería ser a los 15 días hábiles de aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) presupuesto que se aprueba máximo el 31 de diciembre del año (Ley Nº 28411).
Si la Gestión pasada hubiera aprobado su presupuesto el último día hábil del año, ósea el 31 de diciembre, el 23 de enero era la fecha limite para hacerlo.
Por otro lado, saludamos a las 2 municipalidades (San Martin de Porres y Puente Piedra) que cumplieron con su aprobación y publicación, sin embargo, hacemos una pregunta a los amigos de Puente Piedra: ¿8 procesos de contratación directa?
La contratación directa: “… es la clase de procedimiento de selección a través del cual se contrata directamente con un proveedor invitado de manera EXCEPCIONAL…” (Art. 53 del Reglamento de Contrataciones)
Termino como empecé, Nuevas administraciones municipales o más de lo mismo.
Escribe: Un vecino como tú – YZ