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MML: Concejo Metropolitano declara en emergencia el tránsito por un periodo de 180 días.

La medida incluye ciclovías. Prioriza acciones inmediatas de control, fiscalización, intervención vial y recuperación de la red metropolitana.

La regidora Jeanette Alonzo Contreras, indicó que la alta siniestralidad que afecta el tránsito y expone a un riesgo real a los peatones y usuarios obliga adoptar medidas de manera extraordinaria e inmediata que aseguren la continuidad del servicio público vial.

Ello, agregó implica la posibilidad de activar mecanismos excepcionales de administración, operación y mantenimiento de las vías metropolitanas para atender la problemática.

Crisis de seguridad ciudadana y salud pública

La regidora Alonzo Contreras, precisó que, la siniestralidad vial en Lima Metropolitana, ha trascendido la categoría de un problema de tránsito para convertirse en una crisis de seguridad ciudadana y salud pública. El caos generado por las violaciones sistemáticas a las normas de tránsito no solo produce muertes y lesiones, sino que también erosiona la percepción pública de seguridad y la autoridad del Estado.

Causas de los accidentes de tránsito

⁠Imprudencia del conductor, exceso de velocidad, invasión de carril / Maniobra no permitida, ebriedad del conductor, desacato a señales de tránsito.

En conjunto, estos elementos evidencian que la situación de tránsito de las vías metropolitanas es crítica y no solo compromete la prestación del servicio, sino que, exige una intervención normativa urgente para habilitar una actuación inmediata y coordinada.

Asimismo, enfatizó que la MML se encuentra en la obligación de garantizar la continuidad de un servicio público esencial y adoptar medidas preventivas ante un riesgo que afecta derechos fundamentales y compromete la seguridad ciudadana.

Coordinaciones para su implementación

La ordenanza encarga a EMAPE, a la Gerencia de Movilidad Urbana, INVERMET y al Gobierno Regional Metropolitano de Lima desarrollar coordinaciones con la Policía Nacional del Perú y con la Autoridad para el Transporte de Lima y Callao -ATU, su adecuada implementación.

Reglamento de Ordenanza mediante Decreto de Alcaldía

Igualmente, faculta al alcalde de Lima a emitir el reglamento de la ordenanza y las medidas complementarias que resulten necesarias, mediante Decreto de Alcaldía.

Adicionalmente, faculta a la Gerencia de Movilidad Urbana dictar las disposiciones necesarias en materia de fiscalización electrónica, educación vial, semaforización y otros, a través de las unidades orgánicas competentes. La ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

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