Emiten disposiciones respecto a labores de magistrados y personal durante el mes de marzo
El Ministerio Público y el Poder Judicial emitieron diversas disposiciones destinadas a preservar la salud de sus integrantes y a establecer plazos para sus procedimientos, tras la variación de determinadas condiciones vinculadas al estado de emergencia sanitaria.
Priorizan trabajo remoto en Fiscalías y dependencias administrativas
Así, la Fiscalía de la Nación dispuso mediante la resolución 290-2021-MP-FN, que se priorice el trabajo remoto en las fiscalías y dependencias administrativas a nivel nacional, salvo en casos en que, por el tipo de labor a realizar o por mandato expreso de la ley, se tenga que realizar trabajo presencial.
Los titulares de las juntas de fiscales superiores, los fiscales coordinadores nacionales de las fiscalías especializadas y del Instituto de Medicina Legal, establecerán medidas destinadas la reducción de aforos de los despachos a su cargo así como horarios para el ingreso y salida del personal a su cargo.
En el caso del Instituto de Medicina Legal, se indica que el personal de dicha dependencia que realice trabajo presencial, no debe pertenecer al segmento de la población en riesgo frente al covid-19 ni tampoco tener alguna discapacidad.
Asimismo, se indica que, a partir del 1 de marzo, se reinician los plazos procesales y los plazos en los trámites y procedimientos administrativos en las fiscalías provinciales penales, penales descentralizadas y provinciales de familia de Lima.
Lo mismo se aplica respecto a los plazos para los procedimientos disciplinarios de la Fiscalía Suprema de Control Interno y de las oficinas desconcentradas de control interno, se indica.
Trabajo en Corte Superior
En cuanto al Poder Judicial, la presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, dispuso el cumplimiento obligatorio de diversas disposiciones contenidas en la resolución administrativa 000055-2021-CSNJPE-PJ, publicada en normas legales.
Estas incluyen el reinicio de los plazos procesales y administrativos de esta instancia a partir del 1 de marzo para todos aquellos casos en los que el Ministerio Público, la Procuraduría o los abogados defensores correspondientes hubieran solicitado suspensión.
Además, se dispone la reanudación del trabajo presencial interdiario para los órganos de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. El horario fijado durante el mes de marzo será de 9 a 14 horas y deberán acatarlo los jueces de todos los niveles y personal no comprendidos en la población de riesgo frente al covid-19.
El trabajo remoto continuará desarrollándose durante ocho horas diarias por parte de la población vulnerable. Las audiencias seguirán realizándose virtualmente vía el aplicativo Google Meet y solo se realizarán audiencias presenciales cuando no haya condiciones de conectividad y en casos de emergencia.
Fuente: Andina