MEF dicta disposiciones reglamentarias para otorgamiento del aguinaldo. Navideño.
El Gobierno oficializó el otorgamiento de un aguinaldo de hasta 300 soles a los trabajadores del sector público, el cual se abonará, por única vez, en la planilla de pagos de diciembre del 2024.
La medida que establece disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Navidad fue oficializada mediante Decreto Supremo Nº 244-2024-EF del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
¿A qué trabajadores beneficia?
El dispositivo legal señala que el aguinaldo por Navidad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220; el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153.
También los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas de derecho propio a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
Además, precisa que los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 perciben por concepto de aguinaldo hasta el monto al que hace referencia el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la citada Ley.
La norma específica que, en el caso de los gobiernos locales, el aguinaldo por Navidad es otorgado hasta por el monto fijado en el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y se financia con cargo a sus respectivos ingresos corrientes, y en función de la disponibilidad de los recursos que administran.