Por recibir aportes o efectuar gastos a través de una persona distinta al tesorero titular o suplente.
El JNE mediante resolución Nº 0337-2025-JNE, de fecha 13 de agosto, declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por personero legal alterno de Somos Perú y, en consecuencia, confirman la Resolución Jefatural-PAS Nº 0000232025-JN/ONPE de fecha 24 de enero 2025.
La causal que se sanciona, es por recibir aportes o efectuar gastos a través de una persona distinta al tesorero titular o suplente.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales, sancionó a Somos Perú con una multa de 31 UIT (S/ 165, 850.00) comisión muy grave consiste en recibir aportes o efectuar gastos a través de una persona distinta al personero titular o suplente.
Fuera de juego
De la revisión de la plataforma web del JNE en el directorio de organizaciones políticas, Somos Perú solo cuenta con personero legal alterno.