“En un Estado de derecho el actuar de la JNJ cuya composición nos dejó en el pasado enero debía ser objeto de revisión y corrección”.
Si algo queda como conclusión de lo que viene ocurriendo en el Ministerio Público, es que hoy esa institución –llamada constitucionalmente para velar por la independencia de los órganos jurisdiccionales y por la recta administración de justicia, además de actuar en defensa de la legalidad y representar a la sociedad en los procesos judiciales, según indica el artículo 159 de la Constitución– la percibimos como una suerte de botín en disputa.
Y es que, como decía el notable jurista italiano Mauro Cappelletti, la independencia de los jueces y el Poder Judicial –de los órganos vinculados a la justicia en general– no se mide tanto por quién nombra a los magistrados sino por quién puede removerlos.
La gestión de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que integraron Aldo Vásquez, Inés Tello y Antonio de la Haza, entre otros, fue absolutamente nefasta y con un claro sesgo político, caracterizada además por exhibir una suerte de corte de acólitos recurrentes.
Recordemos nomás cómo su entonces presidente De la Haza dilató el poner a debate el recurso de reconsideración que se había presentado el 11 de mayo del 2024 por la no ratificación de Piero Corvetto como jefe de la ONPE, para que este se viera recién una vez que Vásquez y Tello hubieren sido reincorporados (el 11 de julio, a solo tres días de la reincorporación), pues sin estos dos no tenían los votos necesarios para que prosperase el recurso.
O cuando, bajo la presidencia de Vásquez, se aprobó la renuncia de Henry Ávila como miembro de la JNJ luego de que se hicieran públicas unas declaraciones que lo vinculaban a un presunto intercambio de favores con el exministro Félix Chero. ¿Se dispuso alguna investigación? Nada, solo se apresuró en declarar la vacancia de Ávila por motivo de renuncia. Ni qué decir de la interpretación que hicieron para mantener en el cargo a Inés Tello luego de cumplidos los 75 años, a pesar de lo que dispone el artículo 156 de la Constitución.
En ese sentido, la reincorporación de Patricia Benavides a la fiscalía no me sorprende ni causa extrañeza. Si bien he sido de los que cuestionaron su desempeño en el cargo, también sostuve que lo que la JNJ de entonces hizo con ella era una absoluta aberración. El procedimiento disciplinario que la propia JNJ había aprobado en su reglamento (según Resolución 005-2020-JNE) no solo desbordaba lo que la ley orgánica de la institución contemplaba (Ley 30916), sino que además no cumplía con respetar estándares elementales para la protección de los derechos vinculados al debido proceso y al derecho de defensa.
De esta forma, más allá de simpatías o antipatías –tan presentes en ciertos sectores caracterizados en exhibir una suerte de doctorado en el doble rasero y en encontrarle cinco pies al gato–, lo cierto es que en un Estado de derecho el actuar de la JNJ cuya composición nos dejó en el pasado enero debía ser objeto de revisión y corrección, pues la arbitrariedad no debe consolidarse y siempre hay que luchar hasta el final contra ella.
Dicho esto, resulta penoso que una institución que debería ser ejemplar en su actuar nos deje la sensación de que sus integrantes no están pensando en su fortalecimiento y respetabilidad, sino en intereses subalternos. Así no se llegará a ningún buen puerto.
Fuente: El Comercio – Natale Amprimo Plá es abogado constitucionalista