“La incorporación de Antauro Humala en cualquier otra organización política sería una clara y grosera burla a la ley”.
Como se informó hace unos días, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia rechazó la apelación que el partido Antauro interpuso contra la sentencia que meses atrás dictó la Sala Constitucional y Social Permanente, confirmándola, por unanimidad, en todos sus extremos.
Este proceso de declaración de ilegalidad de un partido político por conducta antidemocrática –que ha sido el primero que se ha tramitado al amparo de lo que previó el artículo 14 de la Ley de Partidos Políticos, promulgada hace más de 21 años– cancela la inscripción del referido partido en el Registro de Organizaciones Políticas, así como el cierre de sus locales partidarios.
Dicha normativa es similar a la que se encuentra en la legislación comparada y permite que la Corte Suprema pueda declarar la ilegalidad de una organización política cuando considere que sus actividades son contrarias a los principios democráticos y se encuentran dentro de los supuestos que allí se prevé. La ley pretende evitar que el sistema democrático sea penetrado por quien no comulga con este, para luego buscar dinamitarlo desde dentro.
La declaración de ilegalidad recientemente confirmada tiene como sustento las diversas declaraciones que su indiscutible líder, Antauro Humala Tasso, ha venido emitiendo, promoviendo, justificando o exculpando atentados contra la vida y la integridad de las personas, así como su persecución por variadas razones, legitimando además la violencia como método para la consecución de objetivos políticos.
Luego de anunciada la decisión de última instancia que impide la pretendida postulación de Antauro Humala Tasso a la presidencia, he escuchado a ciertos opinólogos sostener que este podría aspirar a un escaño en el próximo Congreso, postulando por algún partido que le pueda abrir las puertas y servir como una suerte de vientre de alquiler… aunque en este caso sería más bien un caballo de Troya contra el sistema democrático.
Me permito indicar que, de darse esa posibilidad, el partido que pudiera acoger al señor Humala asumiría el riesgo contingente de también ser declarado ilegal por conducta antidemocrática y seguir la misma suerte del partido Antauro.
Si un partido lo acoge a pesar de que la Corte Suprema de Justicia canceló la inscripción del partido Antauro debido justamente a las expresiones inaceptables de Antauro Humala –rechazando además la ingenua argumentación que la defensa del cancelado partido esgrimió en el sentido que estas eran las de un simple militante y no eran compartidas por la organización y sus demás integrantes–, bien se podría colegir que la sola invitación a participar en una lista congresal pondría al nuevo partido en la misma causal amparada por la justicia y, por tanto, lo haría pasible también de ser declarado ilegal, pues obviamente su inclusión constituye un aval de las expresiones que la justicia ya determinó como incompatibles con el sistema democrático.
Además, la incorporación de Antauro Humala y otros dirigentes del fenecido partido en cualquier otra organización política sería una clara y grosera burla a la ley. Una sacada de vuelta a lo que ha dispuesto la Corte Suprema de Justicia; en buena cuenta, una engañifa que no se podría ignorar.
Como reza el artículo 103 del texto constitucional, “la Constitución no ampara el abuso del derecho”. A quien no entienda ello le puede salir el tiro por la culata.
Fuente: El Comercio – Natale Amprimo Plá es abogado constitucionalista