El Congreso de la República publicó hoy la Ley Nº 31414, de reforma constitucional, que refuerza la protección del patrimonio cultural de la Nación.
La norma modifica el artículo 21 de la Constitución Política del Perú en los términos siguientes:
“Artículo 21.- Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado.
En el caso de los bienes culturales no descubiertos ubicados en el subsuelo y en zonas subacuáticas del territorio nacional, la propiedad de estos es del Estado, la que es inalienable e imprescriptible.
Todos los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación ya sean de carácter público o privado, se encuentran subordinados al interés general. El Estado fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como la restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional”.
La ley, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que debe ser comunicada al presidente de la República, Pedro Castillo, para su promulgación.
Fuente: Andina