Con 104 votos a favor y una abstención, el pleno del Congreso aprobó el dictamen que aprueba diversos créditos suplementarios y transferencias presupuestarias para financiar gastos vinculados a la emergencia sanitaria generada por la pandemia de la covid-19 y atender temas derivados de dicha coyuntura.
Entre los temas a los que se destinarán dichos recursos, se encuentra el del cambio de modalidad de contrato de los trabajadores especializados y administrativos del sector salud que estaban bajo el régimen denominado ‘CAS-Covid’, pasándolos al de CAS regular.
El contrato de estas personas vence mañana, 31 de julio.
Estos créditos suplementarios ascienden a 7,246 millones de soles, explicó el vicepresidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso, Wilson Quispe (PL), al exponer el dictamen.
De esta suma, 5,918 millones de soles provienen de recursos ordinarios; es decir, de impuestos, y 1,327 millones de soles, son recursos correspondientes a endeudamiento público.
Quispe indicó también que se autorizan transferencias de partidas presupuestarias y transferencias financieras ascendentes a 377 mil millones de soles.
Entidades y recursos
Entre las entidades que recibirán los recursos mencionados, se encuentra, además del Ministerio de Salud, los ministerios de la Mujer, del Interior, de Defensa, de Vivienda, el Poder Judicial y el Ministerio Público, gobiernos regionales y municipalidades, entre otros.
En el caso del sector salud, se contempla la contratación de personal y la compra de vacunas, medicamentos, oxígeno y equipos de protección personal.
En una de las disposiciones de la ley aprobada, se indica que en un plazo de quince días el Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía aprobarán, vía resolución ministerial, el procedimiento de contratación del personal de salud que será reasignado.
Por su naturaleza, esta ley requería de una segunda votación con mayoría calificada, pero a pedido de Quispe se sometió a voto exonerarla de dicho requisito. Esto fue aprobado también con 104 votos a favor y una abstención.
Fuente: Andina