La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se pronunció a favor de los trabajadores de la desaparecida Empresa Comercializadora de Alimentos S.A. (ECASA), liquidada y privatizada durante el primer gobierno de Alberto Fujimori.
El fallo establece una indemnización por daños materiales e inmateriales ascendente a 5,000 dólares para cada una de las 2,585 víctimas demandantes.
Asimismo, el tribunal establece que el Estado peruano depure el padrón sindical correspondiente, en caso de que haya más víctimas.
La Corte IDH encontró al Estado peruano responsable de violar los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial, a la libertad de asociación, a la participación en la dirección de asuntos públicos y a la negociación colectiva, en perjuicio de los trabajadores del Sindicato Único de Trabajadores de ECASA (Sutecasa).
En 1990 el Sutecasa interpuso ante el Poder Judicial una acción de amparo solicitando la inaplicación de dos decretos, porque, en su criterio, desconocían lo pactado en un convenio colectivo.
Las autoridades judiciales le dieron la razón al sindicato en 1996, pero la ejecución de la decisión de amparo llevó a una serie de decisiones judiciales y a un proceso de ejecución de sentencia que se prolongó por 28 años.
Demora judicial
«La Corte IDH no encontró justificación razonable para la demora y consideró que esa tardanza impidió garantizar de forma efectiva el cumplimiento de la decisión de amparo e hizo inútil dicho recurso.
Asimismo, encontró que el paso del tiempo ha afectado a los involucrados en el proceso, quienes en su mayoría son personas mayores, muchos de los cuales han fallecido», indica el fallo.
Además, dispuso que el Estado peruano instaure «una instancia de debate y reflexión en el Poder Judicial», con la participación de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, para que analice la problemática estructural, y se reflexione sobre «posibles medidas administrativas, normativas y políticas públicas necesarias».
La CIDH también ordenó a Perú diseñar e implementar, a través de la Academia de la Magistratura, una capacitación y actualización virtual obligatoria para los jueces que conozcan procesos de amparo, referida a la falta de cumplimiento de las decisiones judiciales y demora en la ejecución de las sentencias.
Fuente: Andina