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Aprueban financiamiento para adquirir equipos de cadena de frío en vacunas contra la COVID-19

Decreto de Urgencia dicta medidas extraordinarias para la adquisición de equipos de almacenamiento, conservación y distribución de la vacuna contra la COVID-19

El Gobierno autorizó al Ministerio de Salud (MINSA) a modificar su presupuesto del año fiscal 2020, garantizando el financiamiento para la adquisición de equipos de cadena de frío y fortalecer los puntos de almacenamiento, conservación y distribución de la vacuna contra la COVID-19.

Presupuesto de 20 millones de soles

La modificación del presupuesto del año fiscal 2020, será por un monto de 20 millones 879 mil soles, para desarrollar las actividades contempladas en el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19.

145 millones de soles para adquisición de equipos de cadena de frío

Asimismo, se autoriza al MINSA a realizar transferencia de partidas presupuestales hasta por 145 millones 639 mil soles, para financiar la adquisición de equipos de cadena de frío. Las disposiciones están contenidas en el Decreto de Urgencia N° 131-2020.

Según el Plan de Vacunación contra la COVID-19, se ha previsto la adquisición de vacunas seguras y de calidad, brigadas de vacunación, equipos de cadena de frío, movilización social, sistemas de información y sistemas de vigilancia.

Capacitarán al personal para operar equipos

Además de la adquisición de equipos de cadena de frio, se capacitará al personal que opera estos equipos y que conforman las redes integradas y las direcciones regionales de salud, con el objetivo de cumplir con el mantenimiento preventivo y especializado de los equipos y complementos de la cadena de frio que conservará las vacunas contra la COVID-19.

Controversias en tribunales internacionales

De otro lado, a través del Decreto Supremo N°186-2020-PCM se autoriza al MINSA para que en el marco de los contratos para la adquisición de vacunas contra la COVID-19, exprese el compromiso del Estado Peruano de someter al arbitraje internacional las controversias derivadas de la relación contractual, conforme se establece en el último párrafo del artículo 63 de la Constitución.

Fuente: Andina

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