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Congreso: Modifican Ley de Elecciones Municipales para garantizar renovación de autoridades.

En los gobiernos municipales.

El Congreso de la República publicó la Ley que modifica el artículo 36 de la Ley de Elecciones Municipales, y la Ley de Organizaciones Políticas, para garantizar la renovación democrática de autoridades en los gobiernos municipales. Esto se da a través de la Ley Nº 32657 publicada en una edición de Normas Legales.

La modificación

En cuanto a la modificación del artículo 36 de la Ley 26864 queda redactado con el siguiente texto: “El Jurado Nacional de Elecciones, de oficio o a pedido de parte, puede declarar la nulidad de las elecciones realizadas en uno o más distritos electorales cuando: Se comprueben graves irregularidades, por infracción de la ley, que hubiesen modificado los resultados de la votación”.

Inasistencia de electores

También por la inasistencia de votantes al acto electoral supere el 50 % los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los dos tercios del número de votos emitidos.

Elecciones complementarias

En tal sentido, declarada la nulidad se procede a la realización de Elecciones Municipales Complementarias.

Causal de cancelación de un partido político

En cuanto a la modificación del artículo 13 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, se menciona el apartado de causales de la cancelación de un partido: “Cuando el partido político no participe en las elecciones regionales en, por lo menos el 30 % de las regiones; y en las elecciones municipales”.

Dicha norma lleva la rúbrica del presidente encargado del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi.

Fuente: Andina

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