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Restricciones Covid-19: Se mantiene prohibición de uso de piscinas en parques zonales

Gobierno declaró estado de emergencia nacional durante diciembre

El uso de las piscinas en los centros de esparcimiento, clubes zonales u otros (autorizados) está prohibido, según el Decreto Supremo que declara todo el país en estado de emergencia durante diciembre.

Excepcionalmente, indica la norma, se permite el uso de piscinas solo para la realización de actividades formativas o terapéuticas, previo cumplimiento de los protocolos para evitar contagios por coronavirus.

Se recuerda que la práctica deportiva al aire libre, de manera individual o en parejas, está permitida en parques, centros de esparcimiento y clubes zonales como una manera de promover la salud mental y física de la población, siempre que no implique contacto físico.

Playas

Sobre el uso de las playas, se recalca que para Lima y Callao los viernes, sábados y domingos no se hará uso de las zonas de arena ni de la zona de mar, salvo para deportes acuáticos sin contacto como surf, vela, remo, entre otros.

De lunes a jueves sí se podrá ingresar a las zonas colindantes con el mar y a la zona de mar, para lo cual la población deberá respetar el distanciamiento físico, el uso de mascarillas y las demás medidas de bioseguridad.

En provincias regulan uso de playa los municipios

Para el resto del litoral peruano, las municipalidades provinciales adoptarán las acciones correspondientes para el uso de las playas, en coordinación con las regiones, siempre y cuando lo que se disponga no genere aglomeraciones ni ponga en riesgo la salud de las personas.

En todos los casos, advierte el decreto supremo, no se encuentra permitido el consumo de alimentos y bebidas (excepto agua) en zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, ni en la zona de mar.

Fuente: Andina

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