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Justicia: Revelación de información reservada en proceso penal será considerado delito

Según proyecto de ley aprobado en Consejo de Ministros

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, presentará un proyecto de ley al Congreso de la República para que la revelación de información reservada en un proceso de investigación penal tenga la categoría de delito.

Así lo dio a conocer el titular del sector, Félix Chero, durante conferencia de prensa tras sesión extraordinaria del Consejo de Ministros.

A partir del juicio oral

«Solo tienen el privilegio de esta información los sujetos procesales (investigados, agraviados, abogados) y operadores de justicia (juez, fiscal)», precisó el ministro.

Chero explicó que la información solo puede ser revelada cuando el proceso deja de tener dicha calidad y pasa a ser público a partir del juzgamiento, también llamado juicio oral.

«[Revelar información] desnaturaliza la esencia de la investigación, pone en riesgo la investigación misma y pone en riesgo a quienes se encuentran sujetos a investigación», afirmó.

Rechaza “Ley Mordaza”

El ministro rechazó que se le intente denominar como «ley mordaza» ya que lo que se busca con la propuesta es proteger derechos fundamentales, que no se afecte un derecho constitucional como la presunción de inocencia y proteger que no se afecte a testigos con código de reserva.

Beneficios carcelarios humanitarios

En el marco del proceso de deshacinamiento de penales, se buscará permitir que de manera «racional y progresiva» se reduzca la población encarcelada a través de un beneficio para aquellos que hayan cometido delitos de escasa lesividad.

El ministro aclaró que no serán liberados las personas que hayan cometido secuestro, homicidio, violación, tráfico de drogas o terrorismo.

Delimitar competencias del Poder Legislativo y Judicial

En tanto, también se enviará una propuesta para delimitar las competencias tanto del Congreso como del Poder Judicial respecto a cuándo se está frente a una acusación constitucional y cuándo se está ante una investigación que implique indicios de ilicitud.

«Cuando exista una acusación constitucional por la violación de la constitución sea competencia exclusiva del Congreso de la República y que se respete el derecho de defensa y del debido proceso», dijo Chero.

«Cuando se pretenda imputar delitos, en tanto el Congreso de la República no tiene competencia funcional para investigar delitos, sea competencia de la Corte Suprema de la República mediante una comisión de calificación que esté integrada por 3 vocales supremos permanentes o nombrados», añadió.

Fuente: Andina

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