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JNE: Convocan a Miguel Romero Sotelo para asumir alcaldía de la municipalidad de Lima.

Mediante resolución que resolvió vacancia de Jorge Muñoz Wells. Organismo electoral precisa que, para el efecto, se le otorgará la credencial que lo faculta como tal.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convocó a Miguel Eugenio Romero Sotelo para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Lima, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal.

Vacancia de Jorge Muñoz Wells

Así lo establece en la Resolución N.° 0447-2022-JNE, mediante la cual se declara la vacancia de Jorge Muñoz Wells al referido cargo y se deja sin efecto su credencial emitida con motivo de las Elecciones Municipales 2018.

Convocan al regidor accesitario

Mediante la misma norma, se convoca a Joseph Christopher Paredes del Alcázar, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Lima, a fin de completar el indicado periodo (2019-2022), para lo cual también recibirá la credencial correspondiente.

Notificación electrónica

Se indica, asimismo, que los pronunciamientos que emita el JNE serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica aprobado por la institución.

La citada resolución, en su numeral 1, declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Carlos Francisco Hinostroza Rodríguez y, en consecuencia, revoca el Acuerdo de Concejo N.° 387 del 12 de noviembre de 2021 que rechazó su solicitud de vacancia presentada en contra de Muñoz Wells.

Antecedentes

De esa manera, reformó el acuerdo de concejo y declaró la vacancia de la referida autoridad edil por la causa prevista en el numeral 10 del artículo 22 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el literal d, numeral 8.2, del artículo 8 de la Ley N.º 26864, Ley de Elecciones Municipales.

El Pleno del JNE señala que ha quedado demostrado que, después de su elección, Muñoz Wells no solo fue designado como miembro del Directorio de Sedapal, sino que además ejerció de manera efectiva dicho cargo, encontrándose por tanto, dentro de la causa de vacancia establecida en la normativa electoral.

Reemplazado por el primer regidor hábil

Por consiguiente, se señala en los considerandos, el burgomaestre debe ser reemplazado por el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Así también se debe convocar a un nuevo regidor.

La resolución está suscrita por el presidente del Pleno del JNE, Jorge Luis Salas Arenas, y por sus miembros Martha Maisch Molina, Willy Ramírez Chávarry, Jovián Sanjinez Salazar, y Vicente Sánchez Villanueva.

Fuente: JNE

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