Elecciones Regionales y Municipales 2022 Noticias

ERM2022: Cambio de reglas electorales aprobado por Congreso constituye un claro retroceso

Afirma Percy Medina de Idea Internacional en el Perú

El representante de Idea Internacional en el Perú, Percy Medina, afirmó que la ley aprobada por el Congreso, que efectúa cambios a algunas disposiciones electorales es un claro retroceso en los esfuerzos para fortalecer a los partidos políticos en el país.

En la víspera, el pleno del Congreso con el dictamen que precisa disposiciones a la Ley 31357, sobre reglas para el desarrollo de las elecciones regionales y municipales del año 2022, en el marco de la lucha contra la Covid-19.

Retroceso para el fortalecimiento de los partidos políticos

«Esto (la aprobación de la norma) es un retroceso claro en los esfuerzos que se hicieron para fortalecer a los partidos políticos, lo que se está suspendiendo son normas de la reforma relativamente reciente», indicó en declaraciones a nuestra fuente.

En ese sentido, indicó que lo aprobado por el Congreso vulnera dos principios claros; el primero es que en todo proceso electoral se deben garantizar que las reglas sean claras y conocidas con anticipación, habiéndose establecido en la legislación «la intangibilidad de las reglas electorales un año antes del día de la elección».

«Se pueden hacer modificaciones en la norma, pero estas rigen para el próximo proceso electoral, entonces, lo primero que se vulnera es este principio y lo que hace la norma (aprobada) es modificar las reglas de juego», refirió.

Suspenden obligatoriedad de participar en un mínimo de circunscripciones

Asimismo, también consideró como un retroceso que se haya suspendido la obligatoriedad para los partidos políticos y movimientos regionales de participar en un mínimo de circunscripciones.

«Esa es una valla exigente, pero que tiene un sentido que es permitir que el proceso electoral genere una renovación en el cuadro de organizaciones políticas inscritas, entonces, también se le baja el nivel de exigencia a los partidos políticos y movimientos regionales», señaló.

Medina sostuvo que el motivo de normar la participación en un número de circunscripciones era promover que los partidos y agrupaciones políticas, hagan el esfuerzo para tener un mejor alcance nacional, pero ahora permite que aquellos que no cumplen este requisito «no tengan ningún costo posterior porque mantendrán la inscripción».

«Mantener un registro partidario a partir de bajas exigencias de la ley impide la renovación de la política, estas normas de vallas de salida se han diseñado para sincerar los registros partidarios y que aquellas organizaciones que no tienen apoyo electoral vayan saliendo del registro, pero si se baja artificialmente la valla lo que se hace es mantener con vida a organizaciones que ya no tienen una presencia política activa», agregó.

Cambios aprobados

Las modificaciones aprobadas ayer por el Pleno del Congreso establecen que los partidos que no lograron inscribir sus padrones de afiliados puedan tener una segunda oportunidad.

El plazo se había vencido el 5 de enero, pero con el texto aprobado, el Jurado Nacional de Elecciones debe disponer de un plazo perentorio para concretar dicha inscripción de padrones. La norma permitirá a las organizaciones enviar de nuevo la documentación de sus afiliados.

Se suspende cancelación de inscripción de partidos políticos este 2022

Además, el texto sustitutorio establece en su segunda disposición complementaria que se suspenden las causales de cancelación de inscripción de partidos políticos este 2022.

Así, se suspende el inciso f) del artículo 13 y el c) del artículo 13-A de la Ley de Organizaciones Políticas. El primero señala que una causal de cancelación es cuando un partido, durante las Elecciones Regionales y Municipales, no participa en, por lo menos, tres quintos de las regiones, en la mitad de las provincias y en un tercio de los distritos del país.

El segundo subcapítulo de la mencionada señala que, en caso de los movimientos regionales, es causal de pérdida de inscripción no participar en la elección municipal de, por lo menos, dos tercios de las provincias y dos tercios de la circunscripción regional donde participa la organización.

Fuente: Andina

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