Tras conseguir que se declare inaplicable norma sobre prescripción de delitos de lesa humanidad.
La Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo de Ayacucho consiguió que se ratifique la condena de 12 años de cárcel efectiva dictada contra Daniel Urresti por el delito de asesinato con alevosía en agravio del periodista Hugo Bustíos, así como de tentativa de asesinato agravado en perjuicio de Eduardo Rojas, por hechos ocurridos en 1988.
Desestiman aplicación de la Ley Nº 32107
Ello luego de que el fiscal provincial Carlos Palomino Quispe se opusiera al pedido de la defensa de Urresti, que solicitaba la aplicación de la Ley Nº 32107, sobre prescripción de delitos de lesa humanidad y, en consecuencia, la nulidad del proceso y la liberación del sentenciado.
Norma inconstitucional
De esta manera, se evaluó en audiencia reciente la postura fiscal que sostuvo que dicha norma contraviene la Constitución y afecta el deber del Estado de proteger los derechos humanos.
Jurisprudencia
Además, se valoró la jurisprudencia internacional en casos emblemáticos como La Cantuta, en atención a estándares del derecho convencional.
Los hechos
El caso tiene su origen en 1988, en Huanta, donde Urresti, entonces conocido como «capitán Arturo», ejecutó, junto a otros militares de la base de Castro Pampa, disparos que hirieron a Bustíos y a su colega Eduardo Rojas.
Posteriormente, en la zona del ataque, en el camino denominado Erapata-Quinrapa, se colocó un explosivo en el cuerpo de Bustíos acabando con su vida. Producto del hecho, solo Rojas sobrevivió.
Fuera de juego
De está manera, el Ministerio Público reafirma su compromiso con la justicia, la verdad y la defensa de los derechos humanos, resaltando que las normas sobre prescripción no eximen de responsabilidad penal a personas que cometieron delitos de lesa humanidad.
Fuente: Andina
