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Congreso: proponen regular recibimiento de obsequios a funcionarios de elección popular.

El parlamentario Edgard Reymundo (Bloque Democrático Popular), propuso una iniciativa de ley que regula el recibimiento de obsequios a funcionarios públicos de elección popular.

La propuesta tiene por finalidad regular la recepción de regalos, cortesías, atenciones, invitaciones u otros beneficios similares por parte de los funcionarios de elección popular, en el ejercicio de sus funciones o cuando actúen en representación del Estado, tanto en el territorio nacional como en el extranjero.

Precisa, asimismo, que los regalos que sean otorgados al funcionario público, a su cónyuge o entregados en su nombre, deberán ser transferidos a la oficina de control patrimonial correspondiente, para su evaluación, registro y posterior resguardo, donación, transferencia o subasta pública.

«Quedan comprendidos dentro del alcance de esta ley los regalos, donaciones, cortesías o beneficios similares propios de las costumbres de comunidades rurales durante comisiones de servicio, así como aquellos otorgados por gobiernos locales, regionales, autoridades extranjeras, organismos nacionales o internacionales, o recibidos en actos protocolares que no superen en su valor estimado de mercado el 7 % de una UIT (374.5 soles)», refiere.

Establece, además que es responsabilidad del funcionario público la determinación del valor estimado de mercado del regalo; y que, de no contar con información suficiente para hacerlo, «deberá transferirlo a la oficina de control patrimonial correspondiente, para que esta pueda determinar su valor estimado de mercado».

De igual modo señala que se exceptúan los regalos derivados de expresiones de condolencias o de felicitación dirigidas a la institución; el material publicitario o promocional de valor simbólico, incluyendo revistas, material audiovisual, educativo, bienes perecibles, libros y muestras, siempre que su valor no supere el 7 % de una UIT.

También, los regalos provenientes del entorno familiar, amical o laboral con ocasión de onomásticos, aniversarios u otras celebraciones de carácter estrictamente personal y realizados en espacios privados.

Fuente: Andina

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