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Congreso: Oficializan ley de delegación de facultades al Ejecutivo en reactivación y otras materias.

El gobierno oficializó la ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional, por el plazo de 90 días calendario.

Se trata de la Ley Nº 32089 publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Materias autorizadas

1. Fortalecimiento, simplificación y calidad regulatoria en materia de inversión pública, privada y público-privada, y gestión de servicios públicos.

En esta materia, el Ejecutivo podrá emitir normas en 35 temas, entre los cuales se encuentran simplificar procedimientos administrativos; medidas de impulso para promover el avance de los proyectos de inversión pública, privada y publico-privada; regular el saneamiento físico legal automático de zonas arqueológicas declaradas patrimonio cultural de la nación, entre otros.

2. Mejora de la calidad de la inversión pública.

En esta materia, se autorizó emitir normas en siete puntos, entre ellos, modificar el Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública; el Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; autorizar a la Autoridad Nacional de Infraestructura para que

identifique, formule y ejecute inversiones ubicadas en las zonas de influencia del corredor logístico asociado al hub portuario de Chancay.

3. Fortalecimiento de la actividad empresarial del Estado.

Sobre esta materia, se autorizó a modificar la Ley del sistema de fomento y apoyo financiero al desarrollo empresarial, y la ley que autoriza a COFIDE realizar actividades de financiamiento en favor de pequeños empresarios y agricultores; así como crear un nuevo marco jurídico que ordene, sistematice y optimice la eficiencia de la actividad empresarial del Estado para fortalecer la estructura y gestión del FONAFE.

4. Reducción de costos de transacción.

Modificará los artículos 2033, 2037, 2038, 2040 y 2042 del Código Civil, a efectos de simplificar los requisitos de territorialidad para la inscripción de títulos en las oficinas registrales a nivel nacional, considerando la implementación

progresiva para el caso del Registro de Mandates y Poderes.

5. Acceso y competencia en servicios financieros.

Se autoriza tomar tres medidas, entre ellas, modificar la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Ley de los Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores, entre otros.

6. Equilibrio fiscal.

Entre las seis medidas normativas que podrá tomar el Ejecutivo, se encuentra establecer una reducción gradual del déficit fiscal del Sector Publico No Financiero (SPNF); modificar el Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y consolidar el marco normativo vigente para fortalecer la gestión fiscal de los recursos humanos del sector público.

7. Tributaria.

Podrá emitir normas sobre dos temas: Regular la tributación de los modelos de negocios basados en la economía digital y el perfeccionamiento del sistema tributario.

8. Política criminológica y penitenciaria.

Se autoriza a abordar ocho temas, entre ellos: modificar el Código Penal referido a la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios de contenido sexual; modificar y sistematizar el marco legal sobre las obligaciones y sanciones de los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones e Internet; modificar la Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal, el Decreto Legislativo que fortalece el Sistema Penitenciario Nacional y el Instituto Nacional Penitenciario, entre otros.

9. Desarrollo urbano, habilitación urbana y de suelos, acceso a viviendas y para la intervención estratégica en el ámbito de influencia del Terminal Portuario de Chancay.

Se autoriza a modificar la Ley 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, para impulsar la planificación de las ciudades y los centros poblados en el ámbito urbano y rural, así como disposiciones sobre la declaración de necesidad publica e interés nacional la intervención estratégica e integral en el ámbito de influencia del Terminal Portuario de Chancay, y disposiciones especiales para su construcción y funcionamiento.

10. Seguridad y defensa nacional en el ámbito de inteligencia, contrainteligencia y seguridad digital.

Podrá legislar en tres temas como: establecer el marco normativo para la creación e implementación del Sistema Integrado de Evaluación del Riesgo Migratorio; crear la secretaria de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA) como entidad pública adscrita a la Presidencia del Consejo de ministros, y modificar el Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y normas del Ejército y la Marina para incluir competencias en ciberdefensa.

Informarán avances

En las disposiciones transitorias, se indica que las medidas que emita el Ejecutivo no afectarán la autonomía de gobiernos regionales y locales ni de los organismos constitucionalmente autónomos.

Asimismo, refiere que todas las habilitaciones y modificaciones presupuestarias que requieran las materias delegadas se tramitan conforme a la Ley de Presupuesto y no están exentas del Sistema Nacional de Control.

También dispone que los titulares de cada sector informarán a la Comisión de Constitución del Congreso, por escrito y dentro del plazo de 90 días calendario contados desde la publicación de los decretos legislativos correspondientes, los avances del estado de implementación de las medidas legislativas que se emitan al amparo de la delegación de facultades.

Fuente: Andina

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