Organismo constitucional publicó sentencia por caso de vacancia presidencial por incapacidad moral
En su sentencia referida a la contienda de competencia planteada por el Poder Ejecutivo respecto a la vacancia presidencial por la causal de incapacidad moral permanente, el Tribunal Constitucional (TC) afirma que no corresponde emitir un pronunciamiento por cuanto a la fecha se ha producido la sustracción de la materia controvertida.
En el texto se detallan las argumentaciones del voto dado por cuatro de los integrantes del referido órgano colegiado para declarar improcedente el recurso, así como las correspondientes al voto singular emitido por el magistrado Eloy Espinoza-Saldaña y a los votos favorables de Marianela Ledesma y Carlos Ramos.
La posición mayoritaria –defendida por Ernesto Blume, Augusto Ferrero, Manuel Miranda y José Luis Sardón– señala que la demanda debe ser declarada improcedente. Como parte de la argumentación se señala que la moción de vacancia presidencial contra Martín Vizcarra, que dio pie a la contienda de competencia materia de este fallo, no prosperó por falta de votos.
“En tal sentido, no corresponde a este tribunal emitir un pronunciamiento sobre la pretensión objeto del presente proceso, por cuanto a la fecha se ha producido la sustracción de la materia controvertida”, se indica.
Se indica que asumir esta posición “no implica en forma alguna que el Tribunal Constitucional abdique de su rol de garante de los derechos fundamentales, y de la primacía normativa de la Constitución, sino que, en esa misma línea, se trata de una decisión que cierra el presente proceso conforme a la Constitución y a la ley”.
En ese sentido, sostiene, se pone fin a la incertidumbre sobre el sentido y las consecuencias que, en el momento actual, una decisión de este tribunal podría tener sobre la titularidad del Poder Ejecutivo y la gobernabilidad del país.
El fallo del Tribunal Constitucional fue dado a conocer el último jueves, pero recién la noche del viernes se publicó la sentencia en el portal web de la institución.